BECA LIBROS

Se ha publicado hoy el Decreto 30/2020, de 30 de junio, por el que se modifica el Decreto 20/2018, de 10 de abril, que regula la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria y de comedor escolar para el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, matriculados en centros sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha.

Al alumnado que en 2019/20 resultó beneficiario de la ayuda de libros se le renueva de oficio la concesión para 2020/21. No necesita presentar nueva solicitud de participación.

El alumnado que no resultó beneficiarios en 2019/20, podrá presentar solicitud general de la ayuda de uso de libros de texto siempre que en el curso escolar 2020/2021 vaya a estar matriculados en 1º, 2º,3º, 4º, 5º o 6º de educación primaria y 1º, 2º, 3º o 4º de educación secundaria.

Se concederán las ayudas en especie a los nuevos solicitantes cuya renta familiar no supere el límite establecido en la siguiente tabla y se matricule en el curso 2020/2021 dependiendo de la ayuda solicitada  en los cursos objeto de la convocatoria.

Miembros de la unidad familiar Ayuda total (comedores) y Tramo I (libros) si la renta es igual o menor a Ayuda parcial (comedores) y Tramo II (libros) s la renta es igual o menor a
1 5.357,35 11.480,92
2 6.037,32 13.344,71
3 6.717,30 15.208,50
4 7.397,27 17.072,29
5 8.077,24 18.936,08
6 8.757,21 20.799,87
7 9.437,18 22.663,66
8 10.117,15 24.527,45
9 10.797,12 26.391,24
10 11.477,10 28.255,03
11 12.157,07 30.118,82
12 12.837,04 31.982,61

El plazo de solicitud es del 6 al 24 de julio del 2020, ambos inclusive.

El único medio de presentación de las solicitudes por parte de las familias es de forma telemática mediante la secretaría virtual de la plataforma educativa Papás 2.0

La información del proceso se realizará de forma individualizada en Papas 2.0,desde el módulo Secretaría Virtual con la opción:

“Mis trámites” > “Mis solicitudes” > “Mis solicitudes”, donde aparecerá la solicitud que se realizó en su momento y al hacer clic sobre ella aparecerá la opción “Datos de la solicitud”, que mostrará la información del seguimiento.

En el caso de las ayudas concedidas de oficio de tramo II, que por circunstancias sobrevenidas consideren los solicitantes, que hay que volver a valorarlas deberán aportar la documentación acreditativa para su nueva valoración en el período de alegaciones que se abrirá después de la resolución provisional o a partir del 1 de septiembre en el período extraordinario.

Una vez publicada la resolución definitiva y, en todo caso, no más tarde del 1 de septiembre se abrirá un periodo extraordinario de presentación de solicitudes para el alumnado y situaciones contempladas en la disposición adicional segunda del decreto 20/2018 de 10 de abril. Este período se mantendrá abierto durante todo el curso escolar 2020/2021, en los supuestos previstos en dicha disposición adicional.

Más información en el Portal de Educación: